Jorge Abel CONTRERAS GODOY
El 16 de octubre de 1973 quince personas que permanecían prisioneras en la Cárcel de La Serena fueron fusiladas en el Regimiento "Arica", de esa ciudad : Oscar Gastón AEDO HERRERA, 23 años, técnico forestal, militante comunista. Fue detenido por Carabineros de la Comisaría de Salamanca el 6 de octubre. Permaneció incomunicado hasta el 12 de octubre, fecha en que es trasladado a la Cárcel de Illapel y desde allí conducido al Regimiento de La Serena, recinto al cual llega en la madrugada del 16 de octubre. Carlos Enrique ALCAYAGA VARELA, 38 años, albañil, Secretario Regional de la Central Unica de Trabajadores (CUT), Gobernador de Vicuña y militante del Movimiento de Acción Popular Unitario (MAPU). Fue detenido el l2 de septiembre por Carabineros de Vicuña y llevado a la Comisaría de esa ciudad, lugar desde el cual es trasladado a la Cárcel de La Serena. José Eduardo ARAYA GONZALEZ, 23 años, campesino, militante del Partido Comunista. Fue detenido en Salamanca y llevado a la Cárcel de esa localidad; al cabo de cuatro días es trasladado a la Cárcel de Illapel, lugar en el cual permanece hasta el l5 de octubre , fecha en que es conducido a la Cárcel de La Serena. Marcos Enrique BARRANTES ALCAYAGA, 26 años, supervisor en la Planta de Manufacturas de Neumáticos S.A. (MANESA), militante socialista. Fue detenido en su lugar de trabajo el 16 de septiembre por efectivos militares, conducido al Regimiento de La Serena y desde allí a la Cárcel local. Hipólito Pedro CORTES ALVAREZ, 43 años, obrero, funcionario municipal, dirigente del Sindicato de la Construcción y militante del Partido Comunista. Detenido en su lugar de trabajo por Carabineros de Ovalle, trasladado hasta la Comisaría de esa localidad y desde allí a la Cárcel de La Serena. Víctor Fernando ESCOBAR ASTUDILLO, 22 años, técnico agrícola, funcionario de la Empresa de Comercio Agrícola (ECA) y Secretario Comunal del Partido Comunista. El 1º de octubre es detenido por Carabineros de Salamanca y conducido a la Subcomisaría de esa localidad. Trasladado a la Cárcel de Illapel y luego a la Cárcel de La Serena. Manuel Jachadur MARCARIAN JAMETT, 31 años, agricultor, militante del Partido Comunista. Detenido el 16 de septiembre, en Los Vilos, por efectivos de Carabineros. Fue conducido a la Cárcel de Illapel, Recinto en el cual permanece hasta el 18 de septiembre, fecha en que es trasladado a la Cárcel de La Serena. Jorge Washington PEÑA HEN, 45 años, músico y profesor universitario. Militante socialista. Es detenido el l9 de septiembre por funcionarios de Carabineros de La Serena, trasladado a la Comisaría y luego a la Cárcel de esa ciudad, Recinto en el cual es visitado por su familia. Roberto GUZMAN SANTA CRUZ, 35 años, abogado, asesor de la Compañía Minera Santa Fé y militante del Movimiento de Izquierda Revolucionario (MIR). El l4 de septiembre se presenta voluntariamente al Retén de Incahuasi luego de informarse que había sido requerido por las autoridades de La Serena. Es detenido y desde allí conducido a la Cárcel de La Serena. Procesado por infracción a la Ley de Seguridad Interior del Estado. En Consejo de Guerra del 27 de septiembre es condenado a la pena de presidio por 5 años. El 26 de junio de 1975, cuando ya había sido ejecutado, por decisión del Comandante en Jefe, se modificó la sentencia y su condena fue rebajada a 541 días. La Jefatura de Plaza, a través de la Prensa, entregó un comunicado oficial en el cual señala: Respecto de Mario Ramírez, Jorge Peña, Marcos Barrantes, y Jorge Osorio, se dijo que: "habían participado en la adquisición y distribución de armas de fuego y en actividades de instrucción y organización paramilitar con fines de atentar contra las Fuerzas Armadas y Carabineros y de personas de la zona". Respecto de Hipólito Cortés Alvarez, Jorge Jordán, Gabriel Vergara, Oscar Cortés, se dijo que habían: "ocultado bajo tierra una gran cantidad de quince armas, abundante munición, explosivos, con la intención de atacar a Carabineros de Ovalle el día 17 de septiembre". Se señaló, además, que habían "participado como instructores de guerrillas en la zona". Respecto de Carlos Alcayaga, se señaló que había sido fusilado por: "sustraer explosivos a viva fuerza desde el polvorín de la mina Contador, en Vicuña, el día 11 de septiembre de 1973, explosivo que le fue encontrado oculto bajo tierra y listo para ser usado" y que "era Instructor de manejo de explosivos en una Escuela de Guerrilleros que funcionaba en Vicuña". Respecto de Manuel Marcarian, se dijo que fue ejecutado por: "haberle encontrado explosivos para asaltar el Cuartel de la Subcomisaría de Los Vilos, haciendo caso omiso de los Bandos y de las advertencias hechas personalmente por Carabineros". La información oficial entregada por la autoridad militar de la zona, da cuenta de la celebración de un Consejo de Guerra el día 16 de Octubre el que habría dispuesto las condenas a muerte de los quince detenidos; y que el tribunal sentenciador habría "venido especialmente de Santiago ". En relación a todas esta muertes la Comisión recibió abundantes y calificados testimonios concordantes en ciertos hechos : los 15 prisioneros individualizados precedentemente fueron ejecutados al margen de todo proceso legal por agentes del Estado. Avalan dicha convicción, los siguientes antecedentes: Testimonios verosímiles respecto de la secuencia en que se produjeron los hechos que condujeron a la muerte de los quince detenidos, ya que casi no medió tiempo entre la revisión de los casos y la ejecución, lo que hace imposible que en ese lapso se desarrolle un Consejo de Guerra ajustado a Derecho. Pese a los requerimientos e indagaciones reiteradas de la Comisión no pudo obtenerse copia de una sentencia judicial o de cualquier pieza procesal referidas al juicio que habría sido realizado en contra de los quince ejecutados. Por tanto y considerando que, los acusados carecieron de toda posibilidad de defensa; los cargos no aparecen acreditados en documento alguno a que esta Comisión haya tenido acceso. Esta Comisión se ha formado la convicción que las quince ejecuciones constituyen una violación de los derechos humanos atribuíble a agentes del Estado. Informe Rettig
Esta pagina fue modificada el 17/07/2010 Si posee cualquier información sobre este caso, nuevas o mejores imágenes, relatos, testimonios, etc., escribanos a hhrr_project@hotmail.com |
Estas paginas han sido preparadas y son mantenidas por: Proyecto Internacional de Derechos Humanos - Londres © 2000 - 2011 |