El Quinto Juzgado Civil de Santiago acogió la demanda deducida y condenó al fisco a pagar una indemnización de $15.000.000 por concepto de daño moral, a la viuda de Vicente Patricio Clement Hechenleitner, quien fue detenido el 14 de septiembre de 1973 por efectivos de la Fuerza Aérea (FACh) y ejecutado dos días después a orillas del Zanjón de La Aguada, en la avenida Vicuña Mackenna con la calle San Joaquín.
En el fallo (causa rol 21.888-2023), la magistrada María Soledad Jorquera Binner rechazó la excepción de prescripción enarbolada por el fisco, tras establecer que la demandante fue víctima indirecta de un crimen de lesa humanidad.
“Que cabe reiterar que la presente acción es de carácter reparatoria por derivar de la violación a los derechos humanos en crímenes de lesa humanidad, la que se rige por preceptos del derecho internacional que consagran la imprescriptibilidad, la que debe regir tanto en el ámbito penal como en el civil”, plantea el fallo.
La resolución agrega que: “De seguir la tesis del demandado, esto es, aplicar a este caso la prescripción del derecho privado, implicaría permitir que el Estado evitara cumplir su deber y se negaran derechos fundamentales, como el derecho a la vida y a la integridad física y psíquica de las personas, por quien, como se señaló precedentemente, es el constitucionalmente obligado a resguardarlos, lo que lleva a rechazar la excepción de prescripción”.
“Que, establecido lo anterior y rechazada la excepción de prescripción, habrá de emitirse pronunciamiento respecto de los perjuicios demandados, los cuales la actora hace consistir en $300.000.000 por el daño moral propio causado a consecuencia del fallecimiento de don Vicente Patricio Clement Hechenleitner (Q.E.P.D.)”, añade.
Asimismo, el fallo consigna: ““Que, en orden a acreditar la existencia y avaluación del daño moral de doña Mariluz del Carmen Curivil Paillavil, viuda de la víctima directa, la parte acompañó a folio 34 informe psicológico suscrito por la psiquiatra Ximena Parra Lobos, y la asistente social Pamela Coliqueo Muñoz, reconocido por la primera de ellas en audiencia testimonial de folio 44, el cual concluye que la demandante ‘evidencia daño transgeneracional, moral, y daño al proyecto de vida debido a la ejecución política de su cónyuge don Vicente Clement Hechenleitner, en el contexto de violencia y represión política’. El informe profundiza que el trauma vivenciado representa ‘una ruptura en la realidad de la Sra. Mariluz transformando su proyecto alrededor de este evento y provocando otra forma de ser y estar en el mundo’, agrega que esta pérdida la acompaña durante toda su vida, arrebatándole la libertad y el derecho a desarrollar potencialidades y aspiraciones propias”.
“Además, consta la declaración de Marianela Ivette Lobos Felber, quien declara que la demandante se ve hasta la actualidad afectada psicológicamente por ver truncados los planes de vida por la ejecución de quien fuese entonces su marido, lo que señala la testigo se puede apreciar con cada conmemoración de los hechos”, releva el fallo.
“Que, encontrándose acreditado la existencia del daño moral alegado por el informe psicológico mencionado, lo declarado los testigos y constando en la prueba documental acompañada que la actora es viuda de la víctima directa, habiendo contraído matrimonio el 30 de marzo de 1972, se acogerá la demanda respecto de la demandante doña Mariluz del Carmen Curivil Paillavil, fijando el monto de la indemnización por daño moral prudencialmente en la suma de $15.000.000”, concluye.